Nuestros colaboradores de la Asociación Pro Derechos del Menor tutelado (APRODEMT) nos han mandado un texto con la siguiente información que os vamos a relatar y cuyo título es el que encabeza este artículo.
Bilal E., joven que estuvo tutelado por el Gobierno de Aragón hasta mayo de 2009, ha presentado una reclamación patrimonial ante la Consejería de Servicios Sociales y Familia, paso previo preceptivo a la interposición de demanda civil, por no haber procedido a solicitar su tarjeta de residencia tal y como marca la ley. Durante todo el proceso ha contado con el asesoramiento y la colaboración de la Asociación Pro Derechos del Menor Tutelado (APRODEMT) y de la abogada del SOAJI asignada al caso.
Bilal E., joven que estuvo tutelado por el Gobierno de Aragón hasta mayo de 2009, ha presentado una reclamación patrimonial ante la Consejería de Servicios Sociales y Familia, paso previo preceptivo a la interposición de demanda civil, por no haber procedido a solicitar su tarjeta de residencia tal y como marca la ley. Durante todo el proceso ha contado con el asesoramiento y la colaboración de la Asociación Pro Derechos del Menor Tutelado (APRODEMT) y de la abogada del SOAJI asignada al caso.
El ex tutelado estuvo bajo los servicios de protección durante más de un año residiendo la mayor parte del tiempo en la Residencia Villacampa, centro público del IASS gestionado por la Fundación Federico Ozanam.
Durante todo ese tiempo, los responsables del Servicio de Menores se negaron a tramitar la solicitud de su tarjeta de residencia obviando la obligación legal de hacerlo a los que lleven más de 9 meses tutelado tal y como exige el art. 35.4 de la anterior Ley de Extranjería (en vigor en el momento que se produjeron los hechos) y el vigente art. 62 del Reglamento que desarrolla dicha Ley (R.D. 864/2001).
Obligado a salir del centro al cumplir la mayoría de edad (sin papeles, sin trabajo, sin medios económicos y sin lugar para residir), al día siguiente fue detenido por la Policía Nacional por carecer de permiso de estancia en España e iniciándose procedimiento preferente de expulsión que cerró la Subdelegación del Gobierno, atendiendo a los hechos, con una multa de 600 €.
El joven en su reclamación, solicita al Gobierno de Aragón que se haga cargo de la cuantía de la multa; pues de haberse atenido a la legalidad el procedimiento, jamás se le hubiese podido imponer dicha sanción. Pues incluso en el supuesto de no haber podido obtener una renovación de la tarjeta de residencia, hubiera dispuesto de 3 meses más antes de poder considerarse su situación administrativa como irregular.
Así mismo, e igualmente asesorados por APRODEMT, otros antiguos menores tutelados con situaciones parecidas están valorando la presentación de reclamaciones similares; habiéndose registrado ya otras 3 solicitudes de acceso a sus correspondientes expedientes con el fin de comprobar si toda la actuación administrativa del Servicio de Menores del IASS se realizó conforme al ordenamiento jurídico y respetando el derecho del menor a ser oído y notificándole por escrito las decisiones sobre ellos adoptadas. En todos los casos, dichas decisiones concluyeron con los chicos, una vez alcanzada la mayoría de edad, en la calle, sin documentación y sin ningún tipo de apoyo para facilitar y alcanzar su integración tal y como exige la Ley de Infancia y Adolescencia de Aragón. Los apoyos a los que se refiere la Ley se gestionan a través del P.E.P. (Programa de Emancipación Personal).
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