Existen distintas formas de corrupción, las más comunes son los sobornos, comisiones, cohecho... Entre las organizaciones más corruptas se encuentran los partidos políticos, las administraciones públicas y el poder legislativo (todo ello según el presidente de Transparencia Internacional).
La empresa es otra organización que no sale indemne, en mayor medida aquellas que trabajan en los sectores de contratos y construcción de obras públicas, desarrollo inmobiliario, petróleo y gas, manufactura pesada y minería (la compañía francesa Alstom es un caso de reciente actualidad).
"El nivel de tolerancia a la corrupción está disminuyendo. Los países están poniendo medidas para evitarla. Si en 2004 se investigaba a una decena de empresas en Estados Unidos, el año pasado esta cifra llegó a 130 compañías, americanas y extranjeras, y para 2010 se ha dotado de mayores recursos al Departamento de Justicia para continuar con la vigilancia. Además, desde 2009 se "premia" a las empresas que prevengan estas prácticas mediante códigos de conducta, formación y mecanismos de control interno. También Alemania ha aprobado una ley anticorrupción que sigue esta línea, y Reino Unido está a punto de hacerlo", explica Rafael Jiménez-Gusi, socio responsable de Corporate Compliance de Baker & McKenzei.
Un ejemplo de las consecuencias de la corrupción es el contratista militar británico BAE Systems, que ha pagado cerca de 300 millones de euros de multa al declararse culpable en EEUU de pago de sobornos y falsear documentos para conseguir contratos de armas. Aquí se tenía que seguir el mismo ejemplo, con multas multimillonarias.
La reforma en curso del Código Penal español introduce algunas medidas anticorrupción, más tímidas que en otros países, en opinión de Jiménez-Gusi, pero importantes. "El borrador establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. No sólo se condenará a los empleados, sino también a las propias compañías. El hecho de que las organizaciones sigan programas antifraude será un atenuante. El texto introduce delitos nuevos, como la corrupción de particular a particular, que está absolutamente extendida y, sin estar tipificada, no se puede perseguir", mantiene Ricardo Noreña, socio responsable de Forensic de Ernst&Young.
La empresa es otra organización que no sale indemne, en mayor medida aquellas que trabajan en los sectores de contratos y construcción de obras públicas, desarrollo inmobiliario, petróleo y gas, manufactura pesada y minería (la compañía francesa Alstom es un caso de reciente actualidad).
"El nivel de tolerancia a la corrupción está disminuyendo. Los países están poniendo medidas para evitarla. Si en 2004 se investigaba a una decena de empresas en Estados Unidos, el año pasado esta cifra llegó a 130 compañías, americanas y extranjeras, y para 2010 se ha dotado de mayores recursos al Departamento de Justicia para continuar con la vigilancia. Además, desde 2009 se "premia" a las empresas que prevengan estas prácticas mediante códigos de conducta, formación y mecanismos de control interno. También Alemania ha aprobado una ley anticorrupción que sigue esta línea, y Reino Unido está a punto de hacerlo", explica Rafael Jiménez-Gusi, socio responsable de Corporate Compliance de Baker & McKenzei.
Un ejemplo de las consecuencias de la corrupción es el contratista militar británico BAE Systems, que ha pagado cerca de 300 millones de euros de multa al declararse culpable en EEUU de pago de sobornos y falsear documentos para conseguir contratos de armas. Aquí se tenía que seguir el mismo ejemplo, con multas multimillonarias.
La reforma en curso del Código Penal español introduce algunas medidas anticorrupción, más tímidas que en otros países, en opinión de Jiménez-Gusi, pero importantes. "El borrador establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. No sólo se condenará a los empleados, sino también a las propias compañías. El hecho de que las organizaciones sigan programas antifraude será un atenuante. El texto introduce delitos nuevos, como la corrupción de particular a particular, que está absolutamente extendida y, sin estar tipificada, no se puede perseguir", mantiene Ricardo Noreña, socio responsable de Forensic de Ernst&Young.
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